Visa O-1

 Para obtener la Visa O, es necesario que el nacional extranjero que tiene habilidades extraordinarias en las ciencias, artes, educación, negocios o atletismo, demuestre al Servicio de Inmigración que tiene pruebas de aclamaciones sostenidas nacionales o internacionales en el área en la cual vendrá a los Estados Unidos para continuar su trabajo.    

 

            Para todos los casos (ciencias, artes, educación, negocios o atletismo) es necesario mostrar: 1) Copias de contratos entre la Compañía en Estados Unidos y el beneficiario, o, si no hay un contrato escrito, un resumen de los términos del acuerdo bajo el cual el beneficiario estará empleado; 2) Una explicación de la naturaleza de los eventos o actividades, las fechas de comienzo y terminación para los eventos o actividades, y una copia de cualquier itinerario para los eventos o actividades. 

 

            Con relación a un extranjero que desea demostrar habilidad extraordinaria en la especialidad de ciencia, educación, negocios o atletismo, es necesario que el extranjero presente las siguientes pruebas:

 

  1. A)        Pruebas que la persona extranjera ha recibido un premio de reconocimiento internacional en su área de trabajo, tal como un Premio Nobel; O

   

  1. B)       Por lo menos tres de los siguientes documentos:

 

1)        Documentación que demuestre que el extranjero ha recibido premios de reconocimiento nacional o internacional por excelencia en su área de trabajo.

2)       Documentación que demuestre la afiliación del extranjero en asociaciones en el área en la cual desea ser clasificado, que requieran logros extraordinarios de sus miembros, y que dichos logros sean juzgados por expertos con reconocimiento nacional o internacional en el área.

3)         Artículos en revistas, periódicos u otras publicaciones, relacionadas con el extranjero y su trabajo en el área en la cual desea ser clasificado, que incluyan el titulo, fecha y el nombre del autor del artículo, y cualquier traducción necesaria.

4)       Pruebas de la participación del extranjero en un panel o de manera individual, como jurado o juez del trabajo de otra persona en la misma área de especialización en la cual desea ser clasificado.

5)        Pruebas de las contribuciones originales y significativas que ha hecho el extranjero al área científica, educativa o de negocios.

6)        Pruebas de artículos escritos por el extranjero en su área, en publicaciones importantes.

7)       Pruebas que el extranjero ha sido empleado en una capacidad esencial para organizaciones o establecimientos que tengan una reputación distinguida. 

8)       Pruebas que demuestren que la persona extranjera ha recibido un salario alto, o que recibirá un salario alto, o algún tipo de remuneración sustancial por sus servicios, evidenciado por contratos u otras pruebas de confianza.

 

            Con relación a un extranjero que desea demostrar habilidad extraordinaria en la especialidad del arte, es necesario que el extranjero presente las siguientes pruebas:

 

  1. A)       Pruebas que la persona extranjera ha sido nominada o ha Ganado reconocimientos o premios nacionales o internacionales significativos en su área de trabajo, tales como un Oscar, un Emmy, un Grammy, o un “Director’s Guild Award”; O

   

  1. B)        Por lo menos tres de los siguientes documentos:

 

1)        Pruebas que demuestren que la persona extranjera ha realizado, y realizará, servicios como principal o estrella principal en producciones o eventos, los cuales tengan una reputación distinguida, evidenciado por críticas, avisos, publicidad, publicaciones, contratos, etc.

2)        Pruebas que demuestren que la persona extranjera ha alcanzado reconocimiento nacional o internacional por sus logros, evidenciado por críticas u otras publicaciones escritas por la persona extranjera, o por terceros, en periódicos de gran circulación, revistas u otras publicaciones.

3)        Pruebas que demuestren que la persona extranjera ha trabajado, y trabajará, en un rol principal o de estrella para organizaciones y establecimientos que tengan una reputación distinguida, evidenciado por artículos de periódico, publicaciones, testimoniales, etc.   

4)        Pruebas que demuestren que la persona extranjera tiene un record de grandes éxitos comerciales o de aclamaciones criticas, evidenciado por indicadores como títulos, ratings, rango en el área de trabajo, recibos de taquilla, ratings de televisión o cine, u otros logros ocupacionales reseñados en publicaciones.

5)        Pruebas que demuestren que la persona extranjera ha recibido reconocimientos significativos por sus logros, que vengan de organizaciones, críticos, agencias gubernamentales, o expertos reconocidos en el área en la cual la persona extranjera se desempeña.  Dicho testimoniales deben indicar claramente la autoridad del autor, su experticia y su conocimiento de los logros de la persona extranjera.

6)         Pruebas que demuestren que la persona extranjera ha recibido un salario alto, o que recibirá un salario alto, o algún tipo de remuneración sustancial por sus servicios, en relación con otras personas en su área de experticia, evidenciado por contratos u otras pruebas de confianza. 

 

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