Visas para ingresar a Estados Unidos

Las visas estadounidenses son publicadas por el Departamento del Estado que incluye las embajadas y los consulados extranjeros de Estados Unidos.

Hay actualmente diversos tipos de visas disponibles. Estas visas se analizan en clasificaciones dependiendo de la longitud, naturaleza y propósito de su estancia en los Estados Unidos. A continuación se presenta la información general referente a los tipos de visas emitidas por Estados Unidos y las consideraciones especiales realizadas en algunos casos. Siempre actúe con ayuda de un abogado. Quizás le cueste un poco más pero hay mayor garantía de éxito y a la larga lo que pague habrá valido la pena.

Visas de Estudiante F-1 y M-1

Hay dos categorías de visa de no-inmigrante para personas que deseen estudiar en los Estados Unidos. La visa "F" es para estudios académicos, y la visa "M" es para estudios no-académicos o vocacionales.

Visas F-1

 El estudiante que desee asistir a la universidad o alguna otra institución académica en los Estados Unidos, incluyendo escuelas primarias y secundarias o bien programas de capacitación en idioma requieren visa F-1.

Visas M-1

El estudiante que desee continuar el curso de estudios los cuales no son precisamente académicos en su naturaleza en un establecimiento vocacional u otra institución no-académica reconocida requiere una vista M-1.

L-1 Visas (Transferencias de Personal)

Esta clasificación aplica a la transferencia de empleados de compañías transnacionales que hayan trabajado para esa empresa durante al menos (1) año dentro de los (3) años inmediatos que preceden el registro de su solicitud, se otorga a gerentes o ejecutivos por un plazo máximo de 7 años o 5 años para el caso de empleados con conocimientos especializados (L-1B). Los cónyuges del portador de una visa L-1ª podrán solicitar una autorización de trabajo por una duración igual al período que se le ha autorizado al portador de la visa L-1ª.

H-1B (Profesionales)

Una Visa H-1B (ocupación especializada) es una visa de no-inmigrante que esta al alcance del empleado extranjero quien tiene una oferta de trabajo por una compañía americana para servicios que deben de ser desempeñados en los Estados Unidos. Las visas H-1B están al alcance de empleados en ocupaciones que requieren un conocimiento especializado muy alto. Le permite quedarse y trabajar en los Estados Unidos por un periodo inicial de 3 años, pero no mayor de 6 años. Los dueños de la Visa H-1B pueden viajar dentro y fuera de los Estados Unidos cuando ha sido concedida por un Consulado Americano. Los esposos(as) e hijos solteros menores de 21 años pueden también recibir visas. Sin embargo, ellos no están permitidos a trabajar, a menos que califiquen a través de una aplicación propia.

O y P (Talentos Especiales)

Están destinadas a individuos que han demostrado tener capacidades excepcionales en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o el atletismo, y por lo cual han sido aclamados nacional e internacionalmente. La condición O-1 se otorga por un periodo de hasta (3) años.

Para calificar como persona con capacidades excepcionales, el individuo tendrá que demostrar haber recibido un premio importante de reconocimiento internacional, o al menos (3) de los reconocimientos de entidades nacionales.

Visa de intercambio – J-1 - No inmigrante

El programa de visitante de intercambio "J" está diseñado para promover el intercambio de personas, conocimiento, y habilidades en los campos de la educación, de las artes, y de las ciencias. La necesidad del Departamento del Estado señala la organización como patrocinador, la cual puede participar en el programa a través de un intermediario que actúe como la agencia que patrocina . Participantes incluyen estudiantes de todos niveles académicos; aprendices obteniendo entrenamiento en el trabajo con compañías, instituciones, y agencias; profesores, profesores que vienen a enseñar o a hacer estudios de investigaciones, estudiosos de investigaciones; aprendices profesionales, y visitantes internacionales que vienen con el propósito de viajar, observar, consultar, conducir investigaciones, entrenamiento, compartir, o demostrar conocimiento o habilidades especializadas, o participar en programas de organización de persona a persona.

VISAS ESPECIALES DEBIDO A TRATADO DE LIBRE COMERCIO

Estas visas corresponden al Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos y Colombia que abre una perspectiva interesante y atractiva para los empresarios colombianos  y por eso muchos de ellos están buscando la manera de obtener visas para viajar a hacer sus negocios en este país. Por favor investiga su vigencia y también oportunidades similares para otros países.

VISA E-2 (Ver información ampliada en nuestra sección INMIGRACION en Canaldelexito.com)

Existen diferentes visas para personas de negocios, inversionistas y profesionales según las necesidades y circunstancias de cada individuo o compañía. En este breve articulo, se tocarán algunas opciones para personas y compañías que desean obtener una visa para poder vivir y trabajar en los Estados Unidos.

La importancia que tienen en este momento las visas de inversionistas  o comúnmente conocidas E-2,  es por ser catalogadas como una de las opciones más comunes e importantes en el mundo de los negocios para las “Personas de Negocios”. 

La E-2 es una visa de inversionista para individuos y compañías que vienen de países con tratados comerciales con los Estados Unidos. No todos los países tienen tratados con los Estados Unidos. En Latinoamérica los países que tienen tratados  son Argentina, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Honduras, México, Panamá  y Paraguay.

La visa E-2 permite a individuos y compañías venir a Estados Unidos e invertir en el montaje o compra de un negocio. La ley de inmigración no especifica un monto de inversión mínimo, pero dice que tiene que ser sustancial.  Esto se entiende como un monto mínimo para que el negocio sea viable. Tiene que ser una inversión que está a riesgo en un negocio activo y será necesario poder comprobar la procedencia del dinero.

El dinero de la inversión tiene que estar irrevocablemente comprometido en el negocio. Esto quiere decir que la inversión ya se ha hecho. Cuando se va a comprar un negocio esta compra  deberá hacerse a través de una empresa del inversionista en Estados Unidos.  A veces se permite sacar la visa si el dinero de la compra del negocio está en una cuenta de ‘escrow’ del abogado que hará el cierre del negocio, y se llevará a cabo el cierre del negocio cuando se apruebe la visa. El dinero tiene que estar contractualmente  comprometido para comprar el negocio. La inversión no puede ser marginal, esto quiere decir que va a generar trabajo para más personas además del inversionista.

Requisitos de Elegibilidad 

Un requisito para pedir la visa E-2 de Inversionista es que el solicitante debe venir a los Estados Unidos con el fin de desarrollar y administrar las operaciones de una empresa en la cual el solicitante ha invertido o esáa activo en el proceso de invertir una suma de capital de inversión esta debe estar en riesgo. Adicionalmente a la inversión en una empresa comercial, el inversionista debe venir a los Estados Unidos para desarrollar y dirigir las operaciones de la empresa en la cual él o ella ha hecho la inversión. El solicitante debe ser dueño de por lo menos el cincuenta por ciento (50%). Es decir que debe tener el control del negocio, a menos que el solicitante venga como empleado de la empresa que ha realizado la inversión.

Información Adicional para Visa de Inversión

No hay límite en la cantidad de visas E-2 que pueden ser emitidas. Si usted es ciudadano de un país con el que EE.UU. tiene un tratado de comercio y usted pretende trabajar para una compañía apoyada por una suma sustancial de inversión, podría calificar para la visa E-2 como inversionista.

Requisitos Básicos de Visa E-2

  1. Invertir: La inversión debe ser en un negocio propio en EE. UU. Se recomienda que la inversión sea por un mínimo de $100,000 dólares.
  2. Crear Empleos: La inversión debe crear empleos para trabajadores de los EE. UU.  Se recomienda que la inversión cree un mínimo de 5 empleos para trabajadores.  La ley de inmigración le da a la compañía 12 meses  para crear por lo menos tres empleos.
  3. Inversión Activa: La inversión debe ser activa (no pasiva).  Una cuenta en el banco y comprar una casa no es considerado una inversión activa  Se requiere que la inversión siga activa y que los empleos creados sigan en existencia para la renovación de la visa.

DIRECTRICES PARA  LA E-2 

 1- Debe existir un tratado entre Estados Unidos y el país de los inversores.

2 - El inversionista  debe tener al menos 50% de las inversiones para tener el control.

3- La Inversión o comercio debe ser considerable.

4- Para pequeñas inversiones de menos de $200.000 el  inversionista debería invertir el 100% de la cantidad.

5-- El origen de los fondos debe ser comprobado.

6- El inversor debe tener lazos con el país del tratado.

Se puede pedir un cambio de estatus en Estados Unidos y solicitar el status para una visa de E-2, pero para que la visa sea sellada en el pasaporte del inversionista, tiene que regresar a al consulado de Estados Unidos en su aís de origen. La visa en el pasaporte del inversionista puede ser hasta por cinco anos. Hay casos en que el consulado de Estados Unidos le sella la visa por menos tiempo de los cinco anos. Sin embargo, cuando la persona entra a Estados Unidos le dan permiso de estadía por dos años a la vez. Esta visa puede ser renovada indefinidamente, siempre y cuando el negocio / inversión siga en funcionamiento. No obstante, el inversionista debe mantener su intención de regresar a su país de origen.

El inversionista extranjero puede venir si es el accionista mayoritario de la inversión en los Estados Unidos y debe tener el control de la inversión.  Adicionalmente, bajo ciertas circunstancias, se puede traer a administradores y trabajadores especializados que pertenezcan al país del tratado. Es importante  tener en cuenta que esta visa no conduce a la residencia directamente, pero existen otros mecanismos que unidos con esta visa podrían llevarlos a la residencia si ese es su deseo. 

La familia del inversionista también puede venir cobijada por el mismo tipo de visa, es decir el cónyuge y los hijos menores de edad solteros. Esta visa tiene como beneficio que el  cónyuge del inversionista puede solicitar permiso de trabajo, permitiéndole así al cónyuge del inversionista trabajar en cualquier compañía estadounidense que desee.

VISA E-1

Otra opción es la visa E-1 que también es para  individuos que son dueños de un negocio de comercio internacional. Estas  personas tienen que provenir de países que tengan tratados comerciales con los Estados Unidos. Los países de Latinoamérica que tienen tratados son los mismos mencionados previamente para la visa E-2. Más del 50% del negocio tiene que ser de un individuo bajo tratado comercial.

El negocio debe ser dedicado al comercio internacional principalmente entre los Estados Unidos y el país del individuo. Esto quiere decir que más del 50% del comercio de la compañía en los Estados Unidos tiene que ser con el país que tiene tratado comercial. 

Para que el negocio califique para la visa E-1, se tiene que demostrar que el comercio entre los Estados Unidos y el país del tratado es sustancial. Esto se refiere al volumen  y número de transacciones y no sólo al valor de las mismas. Esto quiere decir que muchas pequeñas transacciones podrían calificar. Podrían presentarse situaciones donde haya menos transacciones, pero son complejas en sus negociaciones, y de un valor grande económico, que también podría calificar. El negocio deberá poder sostener al individuo que viene con la visa E-1.

También se puede pedir un cambio de estatus en los Estados Unidos, pero para que la visa sea sellada en el pasaporte del individuo, tiene que ir a un consulado de Estados Unidos en el país de origen. Esta visa también permite al individuo que viene como E-1 traer a su esposa e hijos menores de 21 anos de edad. El cónyuge del principal puede solicitar permiso de trabajo.

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